«Queda prohibido a los establecimientos farmacéuticos la venta de bebidas alcohólicas. El incumplimiento de este artículo conlleva la suspensión de la licencia de operación por un lapso de treinta días. En caso de reincidencia, se cancelará la licencia», señala el artículo de la nueva norma titulada: Ley 17 del 12 de septiembre de 2014.
La norma también incluye una disposición para que cualquier local comercial que venda medicamentos no pueda tener licor a la vista.
«También queda prohibido a los establecimientos que se encuentren bajo o en un área física compartida con un establecimiento farmacéutico, mantener bebidas alcohólicas a la vista de los clientes de dicho establecimiento farmacéutico», añade la norma.
Fuente [Prensa.com]