Según resolución de las normas general del Sicad, publicada nuevamente por «error material en el original del texto», se elimina el tope a las solicitudes de divisas que realicen las personas naturales a través del sistema para viajes, estudios, salud y servicios profesionales.
Así se establece en la normativa publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV) en la Gaceta Oficial N° 40.201.
El artículo 19 de la normativa no señala los montos máximos de adjudicación de divisas a través de las subastas para personas naturales.
«Las personas naturales residenciadas en el país podrán adquirir divisas o títulos a través del Sicad en los supuestos que se señalan a continuación:
a) Gastos de consumo para viajes en el exterior
b) Gastos en el exterior. En caso que el estudiante beneficiario sea menor de edad, las divisas deberán ser acreditadas en una cuenta moneda extranjera de la cual sea titular el representante legal menor.
c) Gastos relacionados con la recuperación de la salud, investigaciones científicas, deporte, cultura y otros casos de especial urgencia.
d) El pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.»
En la resolución anterior publicada en la Gaceta 40.200 se indicaba un límite de 3.000 dólares en el caso de viajeros al exterior y de 5.000 dólares para casos de salud y estudios en el extranjero.
Asimismo el BCV autorizó a los bancos universales, microfinancieros, bancos comerciales de desarrollo y entidades de ahorro y préstamo en proceso de reestructuración para tramitar operaciones de compra y venta de divisas o títulos valores.
Fuente: Elmundo.com.ve