Este lunes circula la Gaceta Oficial N° 40.235 con una resolución del Ministerio de Comercio en la que se establece la prohibición de importar, producir o comercializar neveras y congeladores nuevas o reconstruidas que no tengan el etiquetado de eficiencia energética.
El reglamento técnico busca establecer la verificación de los índices de eficiencia energética de los aparatos de refrigeración y congelación, alimentados por la energía eléctrica, empleados para la conservación y congelamiento de alimentos y productos perecederos.
La norma señala que los aparatos deberán contar con una etiqueta de «energía». Asimismo los fabricantes nacionales e importadores deberán inscribirse en el Registro de Declaración de Eficiencia Energética que se lleva a cabo en el servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad y Reglamentos Técnicos (Sencamer).
La medida entrará en vigencia a los seis meses contados a partir de la publicación en la Gaceta oficial.
[Fuente: ElMundo.com]