El Banco Central de Venezuela colocó nuevos controles para la tenencia de divisas de las instituciones del Estado.
En la Gaceta Oficial N° 40.565 de fecha 18 de noviembre fue publicado el Convenio Cambiario N° 31 en el cual se establecen las normas para la adquisición de divisas del sector público.
Según la normativa los órganos y entes del sector público deben pedir autorización al Banco Central de Venezuela para abrir y/o manejar cuentas en divisas en los distintos bancos universales del país o en instituciones financieras en el exterior.
Fuente [Lapatilla.com]