Ley de Gestión Comunitaria da paso al autogobierno comunal

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El II Plan Socialista se apalanca en la comuna como instancia de gobierno, y el Presidente con sus poderes para legislar dio piso legal a la transferencia de competencias por parte de los gobiernos regionales a las estructuras del Poder Popular.

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La Ley de Gestión Comunitaria desarrolla lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución, que habla de crear, por vía de ley, mecanismos abiertos y flexibles para que los estados y municipios descentralicen y transfieran a las comunidades organizadas los servicios que éstos puedan gestionar, previa demostración de su capacidad para prestarlos.

Esta norma ya había sido debatida en primera discusión en la Asamblea Nacional (AN) en diciembre de 2010, bajo el nombre de Ley del Proceso de Transferencia de Competencias y Servicios de los Estados y Municipios, pero fue pasada a la Habilitante tras la instalación del periodo legislativo 2011-2016.

En 2010 se aprobaron las cinco leyes del Poder Popular. Con la redactada por Chávez se cerró el círculo para la construcción del autogobierno comunitario que persigue el "nuevo modelo de país" planteado por el Ejecutivo a través del I y II Plan Socialista de la Nación. Se trata de un modelo compartido y de corresponsabilidad.

 

(Fuente)

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