Muchos son los extranjeros que buscan opciones para intentar conseguir “los papeles” en España. Es decir, de pasar de una situación migratoria irregular a una acorde con lo establecido en la Ley de Extranjería del país europeo. A pesar de que no se trata de un cambio sencillo, existen al menos cuatro opciones para cambiar el estatus migratorio y, por ende, poder comenzar a disfrutar de los beneficios de una estancia legal en España.
La primera opción es la denominada ‘residencia por arraigo’. Una fórmula que requiere de tener al menos tres años en España de forma irregular, pero empadronado. Así como el disponer de un contrato de trabajo de 40 horas semanales (de duración indefinida o de al menos un año) o, por el contrario, de dos contratos que logren sumar 30 horas semanales por la misma duración.
La segunda opción planteada por la Ley de Extranjería es depender económicamente de un familiar directo (esposo, hijos o padres) que sí tenga otorgada la residencia y que sea capaz de demostrar al Estado que cuenta con los recursos económicos para hacerse responsable del inmigrante, hasta la fecha, en situación irregular. Igual como ocurre con la ‘residencia por arraigo’, el solicitante debe tener tres años en España de forma irregular, pero empadronado.
Aunque no es una vía que ofrezca grandes garantías, los inmigrantes irregulares también podrán optar por un ‘informe de inserción social’. ¿El problema?, que debe ser realizado por un funcionario del Ayuntamiento, así como superar una entrevista personal. En contra partida, el informe no requiere tener un empleo o con medios económicos (como sí ocurre con las opciones previas), sólo bastará con la realización de los cursos que son ofertados por el Ayuntamiento y que buscan favorecer la integración social.
Ahora bien, la norma esconde una pequeña barrera. El aspirante debe demostrar que al menos cuenta con los recursos necesarios para permanecer en España (se solicitarán los datos de la cuenta bancaria), ya sea que estos provengan del país de origen o de otro país extranjero (negocios internacionales, venta de propiedades, etc).
Finalmente, se llega a la opción más empleada por la diáspora venezolana en España: la regulación por razones humanitarias. Los aspirantes, que no tendrán que esperar el plazo de tres años para tramitar el cambio del estatus legal, tendrán que acreditar al Estado de España la situación de peligro personal que representaría estar en su país de origen. En este apartado entran el asilo, la protección temporal o las visas humanitarias, canales que suelen ser difíciles de obtener, pero que cuentan con un elevado número de peticiones.