La Autoridad Única Nacional para la Simplificación de Trámites y Permisos, Dante Rivas, informó a través de su cuenta en Twitter una serie de medidas que serán implementadas por el Servicio Autónomo de Notarias y Registros (Saren) para agilizar la emisión de trámites y documentos.
En total son 13 disposiciones entre las cuales destaca la eliminación de solicitud de copias del RIF y de la cédula de identidad. Estas son las medidas:
1.- No se exigirá la fotocopia de la cédula de identidad, ni fotocopia del Registro de Información Fiscal como requisito para la tramitación de los actos jurídicos.
2.- No se establecerá ningún tipo de control que limite en forma alguna la atención de los usuarios; así como la cantidad de trámites diarios que estos puedan realizar en las oficinas de registros o notarias. (Ej. El uso del terminal del número de cédula para la atención de usuarios por día).
3.- La atención al usuario será de lunes a viernes desde las 8:00 am hasta las 4:00 pm (HORARIO CORRIDO).
4.- Poner a disposición de los usuarios toda la infamación necesaria que se requiere para la tramitación de cualquier acto jurídico en las oficinas de registros y notarias.
5.- No devolver documentos por correcciones de redacción, cuando estas no afecten el fondo del acto jurídico que se esta realizando.
6.- Informar de manera oportuna a los usuarios las correcciones de fondo de sus documentos que imposibiliten la tramitación del documento presentado con el fin de garantizar celeridad en la realización del trámite.
7.- No exceder el lapso de TRES DÍAS HÁBILES para la inscripción o autenticación de los documentos.
8.- Los documentos deberán ser entregados a los usuarios el mismo día pautado de entrega.
9.- Los Registradores y Notarios colocarán a la vista de todos los usuarios el aviso que contiene los canales de comunicación para sugerencias y denuncias aprobado por la Dirección General del SAREN.
10.- Los registros y notarias establecerán mecanismos eficientes para garantizar la atención oportuna, sencilla y segura a los usuarios, todo ello con estricto apego a los principios de legalidad, simplicidad, transparencia, celeridad eficacia, eficiencia, responsabilidad y PRESUNCIÓN DE BUENA FE de los usuarios
11.- Los Registradores y Notarios designarán previa aprobación de la Dirección General la cantidad de Registradores, Notarios y auxiliares necesarios según los lineamientos establecidos por la máxima autoridad del SAREN con el propósito de optimizar el buen funcionamiento de la Institución.
12.- Los Registradores y Notarios titulares son los encargados directos de la ejecución y cabal cumplimiento de las normas establecidas.
13.- Registradoras y Notarios deberán ser los primeros en llegar a la oficina y los últimos en marcharse. En caso de cualquier ausencia la notificarán a la dirección correspondiente
Fuente [Finanzasdigital.com]