Los vehículos producidos y comercializados por el Estado a “precios justos” no podrán ser vendidos por un lapso de 3 años, según desprende el régimen de producción de los vehículos automotores, ensamblados y comercializados, oficializado hoy a través del decreto Nº 625 contenido en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.117.
El texto también señala las formas que deben emplear las personas naturales con divisas propias para tramitar la importación de los vehículos.
Asimismo, contempla que los ministerios para Industria y Comercio en conjunto con la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) definirán con las empresas ensambladoras de vehículos los precios de los vehículos producidos y emsamblados en el país en un plazo no mayor de 20 días.
[Fuente: lapatilla.com]