Negada medida humanitaria para Iván Simonovis

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La mañana de este martes, la juez Primero de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Aragua, negó la medida humanitaria para Iván Simonovis, que había sido solicitada por la defensa, debido a su grave estado de salud.

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Bony de Simonovis, informó que esta medida se debe a que el médico forense “fue incapaz de certificar los exámenes médicos consignados”, además dijo que la salud de su esposo se agrava progresivamente y que tiene riegos de sufrir fractura de columna y de cuello, que puede derivar en una incapacidad definitiva e irreversible.

Por otra parte, la abogada y Presidenta de la Asociación Civil FUNDECI, Elenis Rodríguez, denunció que “es evidente que el Gobierno ordena a los jueces aplicar pena de muerte en cámara lenta a los presos políticos” y afirmó que luego del 7 de octubre esto cambiará.

El 8 de diciembre de 2011, los abogados de Simonovis, se trasladaron a los tribunales en Maracay para consignar un oficio solicitando una medida humanitaria, pero el documento desapareció del expediente juntos a los informes médicos originales. El 5 de junio de este año, acudieron al tribunal a solicitar nuevamente la medida.

Simonovis tiene osteoporosis severa, cinco hernias, dos discos de la columna fracturados y síndrome del túnel carpiano.

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Negada medida alternativa de la pena

También fue negada una medida alternativa de la pena que consiste en autorizar que el ex funcionario pueda trabajar fuera del establecimiento penitenciario.

El Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone, en su encabezamiento, lo siguiente: “Trabajo fuera del establecimiento, régimen abierto y libertad condicional. El tribunal de ejecución podrá autorizar el trabajo fuera del establecimiento, a los penados y penadas que hayan cumplido, por lo menos, una cuarta parte de la pena impuesta”.

[Fuente: Prensa Bony Simonovis]

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