Veraz: «Los verdaderos autores de la Masacre de Campo C» Por @robertveraz

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Robert Veraz @robertveraz“Quien no está preso de la necesidad, está preso del miedo: unos no duermen por la ansiedad de tener las cosas que no tienen, y otros no duermen por el pánico de perder las cosas que tienen” Eduardo Galeano

En la vida uno no siempre consigue lo que quiere, pero si se consigue lo que necesita, es la enseñanza que me quedó luego de trabajar en el esclarecimiento de diversos aspectos sobre la masacre ocurrida en la población tachirense de Campo C. Por eso, en esta entrega resaltaré elementos de convicción recabados en un trabajo de investigación que revela quienes son los verdaderos autores del hecho acaecido la noche del 30 de mayo de 2008.

Ángel Ricardo Delgado Suarez, Eduardo Richard Cañizales, Jhoan Manuel Castellanos Cárdenas, Víctor Orlando Carrero Moreno, Jimmy Jacson Nieto Ortega, David Jesús Zapata Quiroz, Jesús Alfonzo Nieto Ortega y Yumar Orlando Sánchez Palencia, NO tomaron parte en los hechos por los cuales los condenaron a 30 años de prisión. Una fuente judicial que habló bajo condición de anonimato, aseguró que Vilma María Fernández González, Jueza Rectora del Poder Judicial del estado Barinas y Jueza Presidenta del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, “fue quien acordó esa condena con un juicio a cargo de Nerys Odalis Carballo Jiménez y una sentencia suscrita por María Carla Paparoni”, sus colegas Ana María Labriola y Trino Rubén Mendoza estarían al tanto de eso, y todo apunta a que supuestamente Vilma recibió órdenes de arriba de este caso emblemático como dicen los jueces mencionados y otros que laboran en el circuito penal de Barinas, quienes la descalifican a ella de su vida privada que no voy a comentar en esta columna, pero único lo que sí puedo decir  es que ella aspira ser “Magistrada del TSJ” es decir al servicio de la revolución, como lo veremos a continuación.

Los verdaderos autores de la Masacre de Campo C como podemos ver en el links  de una verdadera exhaustivo estudio de las actas procesales del expediente N° EP01-P-2009-000083 del Tribunal 4° de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, especialmente de las pruebas de comparación balística y telefonía que dieron como resultado la identificación de los ciudadanos antes mencionados.

Antes de proseguir, quiero reconocer públicamente el invalorable esfuerzo del Inspector VICTOR ORLANDO CARRERO MORENO, quien desde su sitio de reclusión en el Cuartel de Prisiones de la Policía del estado Táchira, hizo alarde de su excelente formación policial para recopilar, analizar y sistematizar la información que nos permitió obtener claros elementos de convicción que comprometen la responsabilidad del grupo criminal autodenominado como LOS  PARACOS en los hechos acaecidos la noche del 30 de mayo de 2008. Este jueves 17 de julio esos elementos fueron entregados al Magistrado Dr. HÉCTOR MANUEL CORONADO FLORES, para que sean valorados por él en su condición de Ponente de la causa AA30P2014000094 de la Sala de Casación Penal, Exp. N° 2014-94, relativa al recurso de casación interpuesto contra la decisión mediante la cual la Corte de Apelaciones del estado Barinas confirmó la sentencia a 30 años de prisión el 8 de enero del año en curso.

En la masacre se usaron armas de gran calibre, características de la actividad paramilitar en la zona. En tal sentido, las pesquisas iniciales llevadas a cabo por el CICPC, conjuntamente con la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, representada por la abogada Andreina Torres Márquez, permitieron estructurar como hipótesis del hecho, la intervención o participación del grupo criminal autodenominado como LOS  PARACOS, grupo criminal de origen colombiano muy común en esta zona fronteriza. Las actuaciones realizadas, aunadas a entrevistas de residentes del sector, como también de testigos presenciales y referenciales, dan cuenta de todos los crímenes cometidos bajo el mismo modus operandi empleado en la Masacre de Campo C, utilizando como medios de transporte vehículos tipo taxi de varias líneas y motos.

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Tesis esta que fue corroborada por el funcionario Cesar Asdrúbal Contreras Soler, Investigador Criminal del CICPC de Rubio, “sabemos que los homicidios que han ocurrido son perpetrados por un grupo que se hace llamar como paramilitares o paracos”. Técnica y científicamente quedó demostrado como con las armas empleadas en la Masacre de Campo C se cometieron otros homicidios luego de estar privados de libertad quienes fueron condenados por ese hecho, así lo corroboró el paramilitar Jhonatan Alexander Rondón, alias Comandante Jhonatan, al admitir hechos sobre los homicidios de Walter Manuel Cáceres Rivas, Ángel Alejandro Leal Cárdenas y Jailer Oswaldo Pedraza Suarez, en fecha 03 de Marzo de 2009. Hechos corroborados por Karina Montañez, Inspectora del CICPC, en entrevista tomada a una testigo identificada como Código 4, donde la pusieron al tanto de una serie de homicidios cometidos por esta organización criminal, declaración en la cual le aportaron una relación detallada de la organización de los PARACOS, nombres, apodos, números telefónicos, información ocultada por esta funcionaria.

Por si esto fuera poco, la ENTREVISTA tomada al ciudadano JESUS EMILIO SANCHEZ PEREZ, de fecha 21 de Agosto del 2008, invalida el testimonio del ciudadano GIL ALBERTO CHACON USECHE, el TESTIGO ESTRELLA empleado por el Ministerio Público para desechar la vinculación de los paramilitares con la masacre e incriminar a personas inocentes que dice haber visto ese TESTIGO ESTRELLA con dos tiros en su humanidad, desde un lugar y una posición donde no se encontraba, imposibilitado por tanto de haber visto todos y cada uno de los detalles incriminatorios que expuso en pruebas anticipadas y en audiencia de juicio, lo cual hace presumir que su TESTIMONIO ÚNICO fue inducido.

En las actas procesales de este caso es obvio el sesgo impuesto a las actuaciones, desechando aquellos elementos que exculpaban a quienes hoy se encuentran tras las rejas, por ejemplo, los allanamientos efectuados, las comparaciones balísticas anteriores y posteriores al hecho, como también la triangulación telefónica, dejaron claro quienes hicieron ese acto criminal, información coincidente con el testimonio de una testigo que a un año de lo ocurrido delató a esa organización criminal, no obstante, a todo ese acervo probatorio se le echó tierrita. Confiamos que en el Tribunal Supremo de Justicia procederán con rectitud para resarcir los daños irreparables causados por una sentencia concertada desde las esferas del poder político, traducida en prebendas para quienes la aplicaron inmisericordemente.

De antemano, nuestro agradecimiento a todos en la Sala de Casación Penal por la receptividad mostrada ante nuestros planteamientos a los fines de revisar íntegramente el expediente para hacer prevalecer la verdad en este caso. Y hablando de verdades, ahí les dejo las fotografías e identificación de LOS VERDADEROS AUTORES DE LA MASACRE DE CAMPO C, por eso dije al comienzo que en la vida uno no siempre consigue lo que quiere, pero si se consigue lo que necesita.

Por Robert Alvarado

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